Del 2 al 31 de mayo permanecerá abierto el plazo de solicitud anticipada para la autorización de aparcamiento de residentes 2022 del nuevo SER-Servicio de Estacionamiento Regulado (OTA), que tiene previsto entrar en funcionamiento el próximo día 1 de junio en las zonas del entorno de Romo (zona 4) y Santa Ana (zona 3) y ampliarse a determinadas calles de Algorta (zona 1) y Las Arenas (zona 2). La nueva zona 5 (Ereaga y Puerto Viejo) solo funcionará en verano (de junio a septiembre)

Planos de la nueva OTA

Aquí puede comprobar los planos de las zonas del nuevo Servicio de Estacionamiento Regulado (OTA) y el listado de todos los portales a los que afectan esta modificación.

Planos

Portales

Principales requisitos

Podrán optar a la misma las personas que estén empadronadas y residan de manera efectiva en un domicilio que figure en el listado de calles y portales incluidos en las zonas OTA (la dirección del permiso de circulación debe ser la misma que la de empadronamiento y residencia) y cumplan con los requisitos fijados en la Ordenanza del servicio. Con carácter general, sólo se concederá una autorización de aparcamiento por propietario de vehículo y no más de dos por domicilio. En el caso de la segunda autorización, el segundo vehículo debe ser utilizado habitualmente bien por el cónyuge o pareja de hecho o bien por el hijo o hija de la persona titular de la primera autorización y residir en el mismo domicilio. También podrá obtenerla una persona residente para el vehículo que utiliza de forma particular aunque el mismo pertenezca a una persona jurídica. La autorización, en cualquier caso, únicamente servirá para estacionar en la zona para la que se otorga, la que corresponde a cada portal, sin limitación de horario. Se deberá obtener el correspondiente ticket de aparcamiento si se desplaza a otra zona distinta de la autorizada, o si se estaciona en las “zonas express”, señalizadas en color rojo, de Las Mercedes y Kresaltzu, donde el máximo permitido será de 2 horas para favorecer la rotación y la actividad comercial.

Así mismo, es requisito indispensable a la hora de poder obtener la autorización estar al corriente del pago del impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), haber superado las Inspecciones Técnicas (ITV) exigidas por la normativa vigente, presentar la solicitud debidamente cumplimentada y la documentación requerida y abonar la tasa por medio de las formas de pago habilitadas por el Ayuntamiento.

Cuota anual

La cuota anual para 2022 (prorrateada en meses naturales) es de 50€ por vehículo para las zonas 1, 2, 3 y 4; la tarifa de la zona 5 es de 27,99€; y por modificación de la autorización (cambio de vehículo, cambio de domicilio…) se cobrará una cuota de 4,70€. En los casos de alta o baja, la cuota tributaria se prorrateará por meses naturales.

Una vez obtenida la autorización de aparcamiento para 2022, en años sucesivos se renovará automáticamente a todas las personas usuarias del servicio que no hayan comunicado la baja del mismo y continúen cumpliendo con los requisitos previstos en la Ordenanza. En caso de no haber interés en continuar, se deberá presentar el modelo normalizado de baja del servicio en alguna de las Oficinas de Atención Ciudadana

Novedades

Como novedad principal, con la nueva regulación no existirá el distintivo físico de aparcamiento (la tarjeta para colocar en el vehículo) ya que la autorización será virtual e irá asociada a la matrícula del vehículo. Para darse de alta en el servicio podrá solicitarse la autorización a partir del día 2 de mayo: 

  • de forma telemática en: https://www.getxo.eus/es/tramites/ota/solicitudes-ota, ganando tiempo y evitando esperas innecesarias.
  • por teléfono en el 94 466 00 77, de lunes a viernes, de 8:00 a 19:00h.
  • y presencialmente en las Oficinas de Atención Ciudadana (OACs) de Las Arenas-Romo (entrada por la calle Ogoño, 1) y Algorta (c/ Torrene, 3), de lunes a viernes, de 8:30 a 18:30h.

Finalizado este plazo de solicitudes anticipadas y una vez puesta en marcha la nueva ordenanza, las nuevas altas seguirán los cauces habituales (de forma presencial y por teléfono) y se habilitará de forma permanente la nueva vía telemática.

Por otra parte, las personas que ya se encuentran dadas de alta en el servicio y quieran continuar, no deberán realizar ningún trámite.

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