El PP de Getxo ha presentado una denuncia ante la Junta Electoral por la publicación en pleno periodo electoral por parte de la oficina de prensa del Ayuntamiento de Getxo -en la Web municipal y en cuentas oficiales del consistorio en redes sociales- de varias aperturas así como de futuros proyectos previstos.

El concreto el partido Popular denuncia que en la nota de prensa se anunciaba este pasado 2 de mayo «la apertura de dos nuevos aseos autolimpiables en la plaza de la Estación de Las Arenas y el parque San Ignacio».

En la misma se indica expresamente además que «el Ayuntamiento seguirá trabajando por su implantación en nuevas zonas del municipio en función de la consignación presupuestaria disponible para dicho fin, siendo los próximos emplazamientos a atender el cementerio municipal y la zona del probadero de Andra Mari, con módulos individuales en cada lugar».

Desde la convocatoria de las elecciones están prohibidos los actos de inauguración así como la propaganda institucional hasta el próximo 29 de mayo y se obliga a los poderes públicos a ser neutrales.

La Ley Orgánica del Régimen Electoral (Loreg) dice muy claramente que durante el periodo electoral las instituciones y el gobierno no pueden inaugurar nada ni anunciar logros, mucho menos emitir comunicaciones públicas por los canales oficiales de la Administración, a no ser que resulten imprescindibles para la salvaguarda del interés público o para el correcto desenvolvimiento de los servicios públicos». Y aún así nunca deberán mostrar connotaciones electoralistas ni alusiones a los logros obtenidos por los poderes públicos».

VENTA DE LOGROS

Los populares ven claro que el anuncio y la nota de prensa suponen una “venta” de logros con una evidente intención y connotación electoral, cuando afirma en la misma expresamente que «el Ayuntamiento seguirá trabajando por su implantación en nuevas zonas del municipio en función de la consignación presupuestaria disponible para dicho fin, siendo los próximos emplazamientos a atender el cementerio municipal y la zona del probadero de Andra Mari, con módulos individuales en cada lugar».

El PP denuncia que esta actuación «atenta, además, contra los principios de objetividad, neutralidad y de igualdad entre los actores electorales, principios que deben ser efectivamente garantizados por la Administración electoral, como dispone el artículo 8.1 de la LOREG»

Precisamente el artículo 50. de la LOREG dispone entre otras cosas que «los poderes públicos que en virtud de su competencia legal hayan convocado un proceso electoral pueden realizar durante el período electoral una campaña de carácter institucional destinada a informar a los ciudadanos sobre la fecha de la votación, el procedimiento para votar y los requisitos y trámite del voto por correo, sin influir, en ningún caso, en la orientación del voto de los electores«.

Así mismo, según se indica en al artículo 5 de la ley 6/2010, de 23 de diciembre, de publicidad y comunicación institucional de Euskadi «no se podrán promover o contratar campañas institucionales de publicidad o de comunicación que tengan como finalidad destacar los logros de gestión o los objetivos alcanzados por los sujetos mencionados en el artículo 2 de esta Ley».

Por todo ello el PP de Getxo ha pedido a la junta Electoral que se declare contrario a derecho el anuncio que aparece en la página Web del Ayuntamiento de Getxo que anuncia aperturas y proyectos y se ordene la inmediata cesación de la publicación de dicho anuncio.

Así mismo solicitan la adopción de cuantas medidas y actuaciones sean necesarias para la depuración de las responsabilidades que correspondan por la comisión de la infracción prevista y sancionada en el artículo 153 LOREG

Noticias relacionadas

La Junta electoral da la razón al PP de Getxo al considerar que el Ayuntamiento incumple la normativa electoral y le obliga a retirar su publicidad de los medios públicos utilizados