El Ayuntamiento de Getxo ha incumplido una resolución del Ararteko en la que recomendaba al consistorio dejar sin efecto la sanción que impuso a un conductor por “estacionar en zona destinada para estacionamiento y parada de uso exclusivo del transporte público: autobús” y devolver al interesado la cantidad que le embargó para hacer efectiva la sanción. El motivo: la falta de acreditación del hecho por el que fue sancionado. Es más, el consistorio ni siquiera dio respuesta a las cuestiones planteadas por el Defensor del pueblo, entre otras, la referida a la señalización existente en el lugar cuando sucedieron los hechos.

El tirón de orejas del Defensor del Pueblo no ha servido para que el Alcalde, Imanol Landa, y la Concejala de la Policía local, Keltse Eiguren, reculen en este asunto.

El reclamante siempre ha negado el hecho por el que un agente de la policía local -el 167- le sancionó. Aseguraba el afectado que la zona donde se encontraba el vehículo no estaba destinada al estacionamiento y la parada del transporte público, y que por ese lugar no transitaba ningún autobús de transporte público desde la última reforma de la calle, realizada unos años antes de la denuncia. Conforme expresó, desde esa fecha la parada solo se utilizaba para el estacionamiento de los autobuses de los equipos que acudían a las instalaciones deportivas de Gobela los fines de semana y días festivos, y hacía hincapié en que tales autobuses no son transporte público y en que el estacionamiento por el que se le sancionó había tenido lugar un día laborable -viernes-.

El Ayuntamiento no adaptó la señalización de la parada de bus a la nueva realidad y la normativa de tráfico obliga a los ayuntamientos a ordenar, en las vías urbanas de su titularidad, la inmediata retirada de las señales de tráfico que hubieran perdido su objeto y sustituirlas, en su caso, por las que sean adecuadas

El interesado manifestaba que el Ayuntamiento no había adaptado la señalización de la parada de autobús a la nueva realidad y que era notorio para quienes vivían en la zona, como era su caso, que esa señalización había perdido sobrevenidamente su razón de ser, lo que, a falta de adecuación, había motivado que el espacio se utilizase en la práctica según el nuevo destino que se le había asignado, y que ese uso fuera comúnmente aceptado y tolerado.

Tal y como ha recordado el Ararteko la normativa de tráfico obliga a los ayuntamientos a ordenar, en las vías urbanas de su titularidad, la inmediata retirada de las señales de tráfico que hubieran perdido su objeto y sustituirlas, en su caso, por las que sean adecuadas. Les atribuye también la responsabilidad, entre otras, de instalar la señalización adecuada.

El reclamante señalaba que el propio concejal de Comunicación y Atención Ciudadana del Ayuntamiento, Josu Loroño, había reconocido en una nota informativa publicada en un periódico, cuya copia aportó al Ararteko, que la función de la parada era la de servir a los autobuses de los equipos deportivos que acudían los fines de semana y días festivos a las instalaciones de Gobela -por tanto no se habla de autobuses público-. La nota de Loroño daba respuesta a una carta pública anterior del denunciante en la que exponía el problema que motivó la queja.

El interesado aportó, asimismo, una copia de la respuesta de Bizkaibus a su consulta sobre si había alguna línea de autobús público que tuviera parada en el lugar: “Bizkaibus no dispone parada en el sitio que comenta” respondió la compañía.

En el procedimiento sancionador el conductor había alegado que el vehículo no estaba estacionado en zona destinada al estacionamiento y parada del transporte público, pero el Ayuntamiento había desestimado sus alegaciones con una fórmula genérica, que no las valoraba.

Ninguneando al Ararteko

Los responsables municipales no dieron respuesta a la gran mayoría de las cuestiones planteadas por el Defensor del pueblo para aclarar el tema. De hecho, la «insuficiencia de la información» que el Ayuntamiento remitió al Ararteko hizo que este tuviera que solicitar “otra vez” su colaboración al consistorio para aclarar algunos extremos. Pese a los esfuerzos de la institución por obtener respuesta el consistorio de Getxo no lo puso nada fácil.

“En respuesta a esta segunda solicitud, el Ayuntamiento no nos ha informado explícitamente de cuál era la señalización que prohibía estacionar donde hizo el reclamante cuando sucedieron los hechos por los que fue sancionado, respecto de la que nos habíamos interesado” explicó el Ararteko en su Informe. “De la información citada deducimos que no había una señalización específica que prohibiera estacionar” concluyó.

El Ayuntamiento modificó la señalización de la parada de autobús para adecuarla a la realidad de su uso después de que el reclamante plantease la cuestión ante diferentes instancias municipales al ver rechazadas sus alegaciones en el procedimiento sancionador

El Ayuntamiento conoció la situación de la señalización de la parada cuando el reclamante se lo comunicó y fue en ese momento cuando inició los trámites para cambiarla. Por lo tanto, de acuerdo con la queja, el Ayuntamiento modificó la señalización de la parada de autobús para adecuarla a la realidad de su uso después de que el reclamante plantease la cuestión ante diferentes instancias municipales al ver rechazadas sus alegaciones en el procedimiento sancionador. La nueva señalización prohibía estacionar en el lugar los sábados, domingos y festivos de 08:30 a 21:00 horas, excepto autobuses. Hay que recordar que el conductor fue multado un viernes.

La nota informativa del concejal de Comunicación y Atención Ciudadana del Ayuntamiento que el reclamante aportó al Ararteko, la cual se publicó cuando el cambio de señalización ya se había producido, “apoyaría, en nuestra opinión, que el uso real de la parada era el mismo antes y después de instalarse la nueva señalización, y que la nueva señalización se habría colocado para adecuar la existente a la realidad del uso de la parada. Apoyaría también que la parada no estaba destinada a los autobuses del transporte público urbano, y mucho menos en exclusiva”, según explicó el Defensor del pueblo.

Invalidez de la sanción por falta de acreditación

Según el Ararteko, el Ayuntamiento no ha acreditado que el reclamante hubiera estacionado en una zona destinada para estacionamiento y parada de uso exclusivo de autobuses del transporte público urbano, que es el hecho por el que le sancionó.

En concreto, la institución ha aclarado que el Ayuntamiento “no ha respondido explícitamente a la solicitud que le dirigimos para que nos informase acerca de si el lugar en el que estacionó el interesado –señalizado, según la información municipal, con una señal vertical indicativa de parada de autobús– estaba destinado a parada de los autobuses del transporte público, que es el hecho por el que se le sancionó y que aquel negaba”. “De la información municipal deducimos que la parada de autobús no estaba destinada al transporte público urbano, sino a los autobuses que transportan a los equipos que acuden los domingos y festivos a las instalaciones deportivas de Gobela”.

“Consideramos que la falta de acreditación del hecho por el que se ha sancionado al reclamante determina necesariamente la invalidez de la sanción que se le impuso por ese motivo” ha explicado el Defensor del pueblo.

Ararteko: “Agotadas todas nuestras posibilidades”

El propio Ararteko remitió un escrito en agosto de este año al afectado donde le informaba que “el Ayuntamiento de Getxo no ha contestado a la solicitud que le dirigimos para que nos informase acerca de su disposición a cumplir la recomendación que le formulamos, pese a que ha transcurrido con exceso el plazo que le señalamos para que nos facilitase esa información”.

Debido a ello, el Ararteko informó al ciudadano que “la falta de respuesta nos obliga a entender que el Ayuntamiento no ha aceptado la recomendación y a dar por concluida nuestra intervención en la queja, al considerar que han quedado agotadas todas nuestras posibilidades de actuación en el asunto”.

Tres años luchando y lo que queda…

El afectado lleva tres años de lucha para lograr que se haga justicia. El 24 de julio de 2013 el afectado se presentó en el Pleno Municipal  donde expuso “el atropello” y el “error de la denuncia” al no existir, según fuentes de Bizkaibus, ninguna parada de BUS público en la calle Luis López Oses. El Alcalde delante de todos los concejales y público presente se comprometió a estudiar el expediente y contestarle. Pero la respuesta del Ayuntamiento no se produjo y el ciudadano volvió a solicitar ser recibido por Imanol Landa tras recibir la carta de pago ejecutiva. El primer edil se reunió con el afectado el 22 de noviembre de 2013 y en dicha reunión Landa quedó en esperar a la decisión del Ararteko y en mirar cuál sería el procedimiento a seguir posteriormente y comunicárselo la semana del 5 de agosto de 2014.

Así pues, el 23 de julio de 2014, el vecino solicitó a la Tesorera del Ayuntamiento la “suspensión de este procedimiento así como del embargo de bienes realizado, hasta que el Ararteko resuelva mi solicitud de amparo, tal y como se comprometió el alcalde en su reunión». Pero la Tesorera no hizo ni caso a la petición del ciudadano.

El afectado también se reunió con la Concejala de Seguridad, Keltse Eiguren, quien tampoco le dio ninguna solución. El ciudadano recibió como respuesta que el Equipo de Gobierno no comparte la opinión jurídica que mantiene la Oficina del Ararteko en la que se basa su recomendación y que por tanto «no vamos a anular la sanción, tal y como recomienda el Ararteko».

Resolución del Ararteko

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